AsesorNews Información profesional para asesorías, gestorías y empresas
Actualidad profesional 4 de octubre de 2026
AsesorNews
AsesorNews Fiscalidad · Contabilidad · Autónomos · Sociedades · AEAT · Gestión empresarial

Suplidos y gastos refacturados: cuál es la diferencia y cómo deben aparecer en una factura

Un suplido no es lo mismo que un gasto que se repercute al cliente. Explicamos cuándo queda fuera de la base imponible y cómo documentarlo.

En profesiones como abogacía, gestoría o consultoría es habitual adelantar importes por cuenta del cliente. Sin embargo, no todo gasto que después se cobra al cliente es un suplido. La diferencia es importante porque afecta a la base imponible del IVA.

La normativa del IVA excluye de la base determinadas sumas pagadas en nombre y por cuenta del cliente cuando se cumplen los requisitos.

Qué caracteriza a un suplido

El profesional paga una cantidad por cuenta del cliente, con mandato expreso o tácito, y el gasto corresponde jurídicamente al cliente. El justificante debería estar emitido a nombre de este último.

No hay margen sobre el suplido

La cantidad se recupera por su importe exacto. Si el profesional añade un margen o el gasto está contratado a su propio nombre, normalmente ya no se trata de un suplido.

Qué es un gasto refacturado

Un gasto propio que se repercute al cliente forma parte de la contraprestación del servicio y, con carácter general, sigue el tratamiento fiscal de la operación principal.

Cómo mostrarlo en factura

Conviene separar visualmente los honorarios, los gastos refacturados y los suplidos para que quede claro qué entra en la base y qué importe se recupera por cuenta ajena.

Documentación

Guarda factura o justificante a nombre del cliente, prueba del pago y la relación con el encargo. Sin esa trazabilidad, defender que una cantidad es suplido resulta más difícil.

Error frecuente

Etiquetar como “suplido” cualquier kilometraje, hotel, mensajería o tasa pagada por el profesional puede ser incorrecto. La clave es quién es realmente el destinatario jurídico del gasto.

Para ampliar esta materia, AsesorNews reúne recursos en Fiscalidad, Contabilidad, Autónomos, Modelos AEAT y Agencia Tributaria.

Fotografía: Leeloo The First / Pexels.

Scroll al inicio