El encuadramiento de socios y administradores en Seguridad Social depende de la participación, las funciones realizadas y del control efectivo de la sociedad. No todos los socios de una SL deben cotizar necesariamente como autónomos societarios.
La Seguridad Social ofrece información sobre colectivos incluidos en trabajo autónomo y trámites de alta en Importass.
La participación por sí sola no resuelve el caso
Hay que analizar si el socio trabaja para la sociedad, ejerce funciones de dirección o gerencia y qué porcentaje de capital posee directa o indirectamente.
Control efectivo
La normativa establece presunciones y criterios para determinar cuándo existe control efectivo, incluyendo participaciones propias y de familiares convivientes en determinados casos.
Administrador con funciones retribuidas
El hecho de ser administrador puede llevar a distintos encuadramientos según las funciones y el control de la entidad. No debe decidirse solo por el cargo inscrito en el Registro Mercantil.
Socio trabajador sin control
En algunos supuestos puede corresponder el régimen general o régimen general asimilado, con particularidades en protección por desempleo y FOGASA.
Impacto fiscal
La retribución como administrador, salario o facturación profesional tiene además consecuencias fiscales diferentes. Seguridad Social y fiscalidad deben revisarse conjuntamente.
Revisar tras cambios societarios
Una ampliación de capital, venta de participaciones o cambio de administrador puede modificar el encuadramiento. Conviene revisar RETA cada vez que cambia la estructura.
Para ampliar esta materia, AsesorNews reúne recursos en Modelos AEAT, Fiscalidad, Contabilidad, Autónomos y Agencia Tributaria.
Fotografía: Anna Tarazevich / Pexels.