El apoderamiento permite que una persona o entidad autorice a otra para realizar determinados trámites ante la Agencia Tributaria. Es una herramienta habitual en despachos y gestorías porque evita compartir certificados digitales del cliente.
La AEAT mantiene el Registro de Apoderamientos para gestionar estas autorizaciones.
Poder general o específico
El alcance puede limitarse a un trámite concreto o abarcar categorías más amplias de actuaciones. Antes de aceptar un poder conviene saber exactamente qué podrá hacer el representante.
Cómo otorgarlo
Puede formalizarse por medios electrónicos y, en determinados supuestos, mediante otras vías admitidas. El poderdante debe identificarse y seleccionar al apoderado y los trámites autorizados.
Por qué es mejor que compartir el certificado
Un certificado digital identifica a su titular y no debería entregarse indiscriminadamente. El apoderamiento deja constancia formal de la representación y puede limitarse o revocarse.
Cómo funciona en una gestoría
El despacho debe comprobar que el poder cubre la actuación que pretende realizar: presentar declaraciones, consultar expedientes, recibir notificaciones u otros trámites.
Revocación
El cliente puede retirar el poder cuando corresponda. Si cambia de asesoría, conviene revisar los poderes vigentes para evitar accesos innecesarios.
Control interno
Una gestoría debería mantener un inventario de poderes por cliente y revisar su vigencia antes de cada campaña importante. Esto evita descubrir el día del vencimiento que falta autorización.
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Fotografía: Mikhail Nilov / Pexels.