Los libros registro son la base documental de muchas declaraciones de autónomos. Su contenido depende de la actividad y del método de tributación, pero deben permitir reconstruir ingresos, gastos, facturas y determinados elementos de la actividad.
La Agencia Tributaria reúne las obligaciones formales, contables y registrales de actividades económicas y publica formatos electrónicos de referencia.
Qué libros pueden ser necesarios
Según el régimen y la actividad pueden existir libros de ventas e ingresos, compras y gastos, bienes de inversión y provisiones o suplidos, además de los libros específicos del IVA.
Qué datos deben conservar
Los registros deben contener información suficiente para identificar las operaciones: número de factura, fechas, NIF de la contraparte, concepto, importes y otros datos exigidos según el libro.
IRPF e IVA pueden coordinarse
La AEAT permite utilizar formatos compatibles para facilitar la elaboración de Renta, modelo 130 y Pre303. Diseñar los libros desde el principio con todos los campos necesarios evita duplicar trabajo.
Soporte electrónico
Los libros pueden llevarse por medios informáticos, conservando los ficheros y soportes. Para una asesoría, trabajar con formatos homogéneos permite importar, revisar y detectar errores con mayor rapidez.
Errores frecuentes
Son habituales los saltos de numeración, fechas incoherentes, NIF incompletos, facturas duplicadas y registros sin soporte documental. También puede haber diferencias entre el libro y la contabilidad bancaria.
Conservación
Los libros y justificantes deben conservarse durante los plazos legalmente exigibles. No basta con guardar el PDF del impuesto: debe mantenerse la documentación que explica cómo se llegó a las cifras declaradas.
También puedes ampliar estos conceptos en Fiscalidad, Autónomos, Contabilidad, Modelos AEAT y Agencia Tributaria.
Fotografía: Tima Miroshnichenko / Pexels.