El IVA soportado en una compra no es automáticamente deducible. Para recuperar la cuota mediante las autoliquidaciones deben cumplirse requisitos materiales y formales, entre ellos que el bien o servicio se utilice en la actividad empresarial o profesional y que exista documentación válida.
La Agencia Tributaria explica que las cuotas soportadas deben tener la consideración legal de deducibles.
Uso empresarial o profesional
El gasto debe estar vinculado a operaciones que generen derecho a deducción. Las adquisiciones realizadas para fines privados no permiten recuperar el IVA simplemente porque el comprador esté dado de alta como autónomo.
Factura y requisitos formales
Para ejercer el derecho a deducción debe conservarse el documento justificativo adecuado. En facturas simplificadas pueden ser necesarios datos adicionales para que el destinatario pueda deducir el impuesto.
Bienes y servicios de uso mixto
Cuando un bien se utiliza tanto para la actividad como para fines particulares, la deducción puede estar limitada o sujeta a reglas específicas. Vehículos, vivienda y dispositivos electrónicos son ejemplos que requieren especial cautela.
Periodo de deducción
La cuota debe registrarse y deducirse conforme a las reglas temporales del impuesto. Una factura olvidada no debería incorporarse sin revisar primero qué periodo y procedimiento corresponden.
IVA no deducible como mayor gasto
En determinados regímenes o situaciones, el IVA que no puede recuperarse puede formar parte del coste o gasto a efectos de otros impuestos. El tratamiento depende de la naturaleza de la operación.
Control práctico
Antes del modelo 303 conviene revisar una muestra de facturas recibidas, especialmente las de mayor importe, y confirmar afectación, tipo de IVA, proveedor, fecha y registro contable.
También puedes ampliar estos conceptos en Fiscalidad, Autónomos, Contabilidad, Modelos AEAT y Agencia Tributaria.
Fotografía: SHVETS production / Pexels.