La Ley 4/2026 publicada en el BOE el 3 de octubre incorpora una bonificación laboral relevante para clubes, asociaciones y entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro. Estas entidades tendrán derecho a una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes por determinados trabajadores que actúen como entrenadores o monitores.
La medida se recoge en la disposición final decimoséptima de la Ley 4/2026.
Qué trabajadores entran en la bonificación
La norma se refiere a entrenadores o monitores dedicados a la formación, preparación o entrenamiento de personas menores de 18 años. El límite de edad no se aplicará cuando la entidad desarrolle programas de deporte adaptado o inclusivo.
Puede coexistir deporte profesional y no profesional
Un club puede contar simultáneamente con práctica profesional y no profesional. En ese caso, la bonificación solo se aplicará a los entrenadores y monitores vinculados a la práctica no profesional en los términos definidos por la ley.
Qué debería revisar la entidad
Antes de aplicar el incentivo conviene documentar la naturaleza no profesional de la actividad, funciones del trabajador, colectivos entrenados y condición de entidad sin ánimo de lucro. Las asesorías laborales deberán configurar correctamente el beneficio en cotización y conservar la documentación justificativa.
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Fotografía: Kampus Production / Pexels.