El XVIII Convenio colectivo de la ONCE, publicado en el BOE, establece una jornada laboral ordinaria de 36 horas semanales de promedio en cómputo anual para el personal no vendedor.
El texto completo puede consultarse en el BOE.
Distribución irregular
La ONCE podrá distribuir de forma irregular hasta un máximo del 10% de la jornada anual en sus centros de trabajo.
Viernes de siete horas
Como regla general, la jornada se desarrollará de lunes a viernes y el viernes, o último día laborable de la semana, queda fijado en siete horas.
Más información en Seguridad Social, Sociedades, Gestorías, Contabilidad y Fiscalidad.
Fotografía: EqualStock IN / Pexels.